Medición de ruidos laborales

Si en el establecimiento funcionan máquinas o procesos productivos que generan ruido, corresponde medir. La medición define si el personal necesita protección auditiva y audiometrías, y con qué características. Es la única forma de saberlo con un dato en lugar de una impresión.

La normativa exige mediciones anuales, realizadas según el protocolo de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Los protocolos deben archivarse: no se reemplazan por el más reciente. Si años después un trabajador presenta un reclamo, lo que se revisa es a qué estuvo expuesto y durante cuánto tiempo — y esa respuesta está en la serie completa, no en la última medición.

El instrumental también está definido. El sonómetro debe ser como mínimo clase 2 y contar con función de integrador, y su certificado de calibración debe estar vigente. No es un requisito formal: un equipo sin integrador no puede entregar el valor que el protocolo pide, por más decibeles que muestre en pantalla.

Medimos con instrumental propio que cumple esas condiciones, y entregamos el protocolo firmado, listo para incorporar al legajo técnico.


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